BOLIVIA - ENCUESTA PRUEBA PILOTO DE USO DE TIEMPO DE LOS HOGARES 2010, Primera Prueba Piloto
ID del Estudio | INE-PPEUTH2010 |
Año | 2010 |
País | BOLIVIA |
Productor(es) | INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA - INE |
Financiamiento | UNITED NATIONS DEVELOPMENT FUND FOR WOMEN - UNIFEM - Financiamiento de la primera prueba piloto de la Encuesta de Uso de Tiempo de los Hogares |
Colección(es) | |
Metadatos | Documentación en PDF |
Creado el | Jan 09, 2015 |
Última modificación | Jan 09, 2015 |
Visitas a la página | 501240 |
Descargas | 7197 |
Data Access
Responsable de autorizar el acceso a los datos
Instituto Nacional de Estadística (INE)
(Ministerio de Planificación del Desarrollo (MPD)), ceninf@ine.gob.bo, www.ine.gob.boContacto(s)
Leonardo Yujra
(Instituto Nacional de Estadística (INE))
, lyujra@ine.gob.bo, http://Lyujra/10.1.4.10/EUTH/Confidencialidad
Los nombres y apellidos de las personas informantes no son transcritos en la base de datos, lo cual garantiza la confidencialidad de la información. Estos datos se utilizan sólo para el trabajo de supervisión del operativo y control de encuesta.
Condiciones de Acceso
La información obtenida a partir del operativo de campo de la prueba piloto de la Encuesta de Uso de Tiempo de los Hogares no se hará pública, debido a que no es representativa, dado el reducido tamaño de muestra. Asimismo, los objetivos de la realización de la prueba piloto no incluyen la difusión de la información.
Cita de autor/fuente
Fuente: Instituto Nacional de Estadística - Encuesta de Uso de Tiempo - Prueba Piloto (PPEUTH).
Cláusula de exención de responsabilidad
Las disposiciones legales que respaldan el desarrollo de la EUTH son tres:
- La Constitución Política del Estado, que en su artículo 338 señala: “El Estado reconoce el valor económico del trabajo del hogar como fuente de riqueza y deberá cuantificarse en las cuentas públicas”.
- La Resolución biministerial 003 del 1ro. De de junio de 2009, enmarcado en el artículo 338 de la Constitución Política del Estado. Este mandato, tiene como punto principal instruir al INE incluir dentro de sus áreas de trabajo la temática del uso de tiempo de los hogares, dando lugar a su visualización con el propósito de generar políticas públicas a través de las cuales la población logre condiciones necesarias “para vivir bien”.
- El Decreto Ley N° 14100, que en su artículo 15 señala: "Todas las personas naturales o jurídicas de la Nación, los residentes y transeúntes están obligados a suministrar en los términos que les sea señalado, los datos e informaciones que fueran requeridos por el Instituto Nacional de Estadística". Asimismo, en su Artículo 21 dispone: "Los datos o informaciones que obtenga son absolutamente confidenciales y serán utilizados solamente para fines estadísticos y no podrán ser revelados en forma individualizada".
Copyright
Todos los derechos sobre la Encuesta de Uso de Tiempo de los Hogares pertenecen al Instituto Nacional de Estadística de Bolivia.