Bolivia - ENCUESTA DE PRESUPUESTOS FAMILIARES 2015-2016
ID del Estudio | BOL-INE-EPF-2015-2016-V4 |
Año | 2015 - 2016 |
PaÃs | Bolivia |
Productor(es) | Instituto Nacional de EstadÃstica - Ministerio de Planificación del Desarrollo |
Financiamiento | Banco Mundial - BM - Financiador Externo de salario de consultores |
Colección(es) | |
Metadatos | Documentación en PDF |
Creado el
Jan 08, 2019
Última modificación
Jan 08, 2019
Visitas a la página
89053
- Materiales Relacionados
- Descripción de la operación estadÃstica
- Descripción de Variables
- Obtener Microdatos
Ademas de los ingresos recibidos en dinero por su trabajo, en los ultimos doce meses ¿recibio, usted... - A) Alimentos (Frecuencia)
(s4_21a2)
Archivo: EPF1516_Personas
Archivo: EPF1516_Personas
Información general
Tipo:
Discreta Formato: numeric Ancho: 4 Decimales: 2 Rango: 1-8 | Casos válidos: 2074 (512920) Inválidos: 39563 (10512531) |
La variable muestra la frecuencia que el/la Informante recibió alimentos y bebidas para ser consumidos dentro o fuera del lugar de trabajo.
Las alternativas de frecuencias son las siguientes:
1. Diario
2. Semanal
3. Quincenal
4. Mensual
5. Bimestral
6. Trimestral
7. Semestral
8. Anual
Las alternativas de frecuencias son las siguientes:
1. Diario
2. Semanal
3. Quincenal
4. Mensual
5. Bimestral
6. Trimestral
7. Semestral
8. Anual
Preguntas e instrucciones
Todos los miembros del hogar de 7 años o más y que perciban ingresos durante los últimos meses.
Todos los miembros del hogar de 7 años o más y que perciban ingresos durante los últimos meses.
Además de los ingresos recibidos en dinero por su trabajo, en los últimos doce meses ¿recibió, usted alimentos y bebidas para ser consumidos dentro o fuera del lugar de trabajo?
Frecuencia
Frecuencia
Al finalizar esta serie de indagaciones e independientemente que la respuesta sea Si o No, pasa a la página 10b, pregunta 25.
Informante directo.
Valor | CategorÃa | Casos | Weighted | |
---|---|---|---|---|
1 | Diario | 1514 | 377500 | 73.6% |
2 | Semanal | 130 | 38508 | 7.5% |
3 | Quincenal | 10 | 3458 | 0.7% |
4 | Mensual | 203 | 43941 | 8.6% |
5 | Bimestral | 1 | 104 | 0.0% |
6 | Trimestral | 4 | 454 | 0.1% |
7 | Semestral | 7 | 1529 | 0.3% |
8 | Anual | 205 | 47426 | 9.2% |
Sysmiss | 39563 | 10512531 |
Precaución: estas estadÃsticas reflejan el número de casos encontrados en el archivo de datos. No deben ser interpretadas como un resumen estadÃstico del universo de interés.
Esta pregunta está referida a los últimos 12 meses, si el Informante estuviese trabajando menos tiempo que el mencionado, la pregunta será respectiva al perÃodo de trabajo en esa empresa, institución o lugar.
El suministro de otras clases de bienes y servicios, como los servicios de vivienda habitual, los servicios derivados del uso de vehÃculos y de otros bienes de consumo duraderos utilizados ampliamente fuera del trabajo, el transporte a y desde el lugar de trabajo, etc. deben tratarse como remuneración en especie.
Si la respuesta corresponde a la alternativa SÃ, registra el código 1 y pregunta por la frecuencia, es decir si el ingreso o dotación es diario, semanal, etc., registra el código en la columna de Frecuencia, luego solicita al Informante que estime cuanto tendrÃa que pagar por ese bien o servicio en el mercado y registra en la columna de Monto en Bs.
Si la respuesta corresponde a la alternativa No, registra el código 2, en la casilla correspondiente y pasa al siguiente inciso de la pregunta. Cuida que el monto estimado, tenga directa relación con la frecuencia.
Los bienes o servicios que los empleadores están obligados a suministrar a sus empleados para que estos puedan desempeñar su trabajo se tratan como consumo intermedio del empleador.
Los asalariados se responsabilizan a veces de la compra de los bienes o servicios listados anteriormente, y posteriormente les son reembolsados en efectivo por el empleador. Esos reembolsos en efectivo tienen que tratarse como gastos intermedios del empleador y no como parte de los sueldos y salarios de los asalariados.
El suministro de otras clases de bienes y servicios, como los servicios de vivienda habitual, los servicios derivados del uso de vehÃculos y de otros bienes de consumo duraderos utilizados ampliamente fuera del trabajo, el transporte a y desde el lugar de trabajo, etc. deben tratarse como remuneración en especie.
Si la respuesta corresponde a la alternativa SÃ, registra el código 1 y pregunta por la frecuencia, es decir si el ingreso o dotación es diario, semanal, etc., registra el código en la columna de Frecuencia, luego solicita al Informante que estime cuanto tendrÃa que pagar por ese bien o servicio en el mercado y registra en la columna de Monto en Bs.
Si la respuesta corresponde a la alternativa No, registra el código 2, en la casilla correspondiente y pasa al siguiente inciso de la pregunta. Cuida que el monto estimado, tenga directa relación con la frecuencia.
Los bienes o servicios que los empleadores están obligados a suministrar a sus empleados para que estos puedan desempeñar su trabajo se tratan como consumo intermedio del empleador.
Los asalariados se responsabilizan a veces de la compra de los bienes o servicios listados anteriormente, y posteriormente les son reembolsados en efectivo por el empleador. Esos reembolsos en efectivo tienen que tratarse como gastos intermedios del empleador y no como parte de los sueldos y salarios de los asalariados.