BOLIVIA - REGISTRO ESTADISTICO DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN APROBADOS, 2004-2014
ID del Estudio | BOL-INE-PCONS2004-2014 |
Año | 2004 - 2014 |
País | BOLIVIA |
Productor(es) |
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA - INE Dirección de Estadísticas e Indicadores Económicos y Sociales - Unidad de Estadísticas e Indicadores Económicos |
Financiamiento | Tesoro Genera de la Nación - TGN - Financiamiento de la operación estadística |
Colección(es) | |
Metadatos | Documentación en PDF |
Creado el | Aug 04, 2015 |
Última modificación | Aug 04, 2015 |
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Data Access
Responsable de autorizar el acceso a los datos
Instituto Nacional de Estadística
(Ministerio de Planificación para el Desarrollo), ceninf@ine.gob.bo, www.ine.gob.boContacto(s)
Unidad de Estadísticas e Indicadores Económicos
(Instituto Nacional de Estadística)
, www.ine.gob.boConfidencialidad
La información obtenida es confidencial enmarcada en el Decreto Ley 14100, que en su artículo 21 dice:"Los datos o informaciones que se obtengan, son absolutamente confidenciales y serán utilizados solamente para fines estadísticos y no serán reveladas en forma individualizada".
Condiciones de Acceso
El acceso a la base de datos se logra a través de una solicitud escrita dirigida a la Unidad de Atención al Cliente.
Cita de autor/fuente
Todo usuario que acceda a la Base de datos deberá citar la fuente de la información, Instituto Nacional de Estadística.
Cláusula de exención de responsabilidad
La actividad que desarrolla el Instituto Nacional de Estadística está amparada por la ley del Sistema Nacional de Información Estadística “D.L.” 14100 del 5 de noviembre de 1976. La misma que explica en su capítulo II, artículo 8 y acápite d, lo siguiente:
“EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA tiene como función recolectar, elaborar, analizar y publicar las estadísticas de las actividades económicas y sociales del país, así como promover el uso de los registros administrativos en las oficinas públicas y privadas para la obtención de datos estadísticos”.
Así mismo el título V, capítulo I, artículo 15 expresa lo siguiente:
“Todas las personas naturales o jurídicas de la nación, los residentes o transeúntes están obligadas a suministrar en el término que les sea señalado, los datos e información que por naturaleza y finalidad tengan relación con la actividad del Sistema y que fueran requeridos por el Instituto Nacional de estadística” y el artículo 18 que manifiesta: “Todas las instituciones deben facilitar toda clase de cooperación para el desarrollo de las actividades del INE”.
Copyright
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